lunes, 31 de agosto de 2009

Bilateralidad

Leo las características
del derecho objetivo.
Objetivo, ¿para quién?
No somos el punto a favor,
no somos el target positivo,
lo positivo sólo se aparea con la justicia
mientras tenga joyas
y acciones para regalar.

Dicen que el derecho objetivo
es toda norma jurídica
que posee bilateralidad:
el otro y yo, usted y los demás.

Nada más incierto.
A estas alturas, la bilateralidad
me suena a traición,
a Abraxas chafo, a Dualidad apócrifa.
Todo se parece a su dueño.

No hay baile común,
no estás invitado, yo tampoco lo estoy,
a mover los pies sobre Iudex
a deslizarte por esta landia
sólo hay dos lados: en ninguno figuramos.

Lo subjetivo de nuestro tema de hoy
ha rebasado todo límite de la imaginación.

Pasemos al lugar del shock
paseemos en el lugar, por el lugar,
en lugar de...

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